La Organización Mundial de la Salud (OMS, 1996), declara la erradicación de la violencia contra las mujeres como una prioridad de salud pública. Esta violencia causa serias secuelas físicas, psicológicas y sociales a estas mujeres y a sus familias. El objetivo de este artículo es destacar la importancia que tiene la evaluación médico-legal del maltrato y abuso psicológico en las víctimas por violencia de género, así como el cambio que acontece en la metodología del diagnóstico y del reconocimiento de la víctima dependiendo del ámbito donde se realice. La huella psíquica no sólo es clave para los casos de violencia psicológica a los que se refiere la Ley 1/2004 de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, también puede ser una secuela en los actos de violencia física, amenazas, coacciones o privación de la libertad (Mestre y Samper, 2008). En consecuencia, se considera que la huella psíquica no se ha tomado en su justa medida como prueba de cargo. Es preciso llevar a cabo una respuesta integral desde la medicina forense, a través del equipo de valoración forense en el que participan diferentes profesionales. Por lo que, los psicólogos forenses pueden desempeñar un rol fundamental en la valoración de la lesión mental o el sufrimiento emocional asociados al maltrato.